En 1625 Felipe IV estableció la obligación de pagar mesadas por parte de quienes recibieran un empleo, gracia o merced del monarca. Esto implicaba un descuento equivalente al valor de un mes de salario o producto. Más tarde la mesada se amplió al clero, con lo que surgió la mesada eclesiástica.
En 1631 la mesada se modificó y surgió la media anata secular. El principal cambio fue un aumento en el gravamen, que en adelante equivaldría a seis meses del sueldo o beneficio del primer año.
El pago era obligación de empleados civiles y militares de la corona, pero también correspondía a quienes disfrutaran de encomiendas (en el momento de ser traspasadas por sucesión a descendiente), a quienes por examen obtuvieran el título de algún oficio, sobre mercedes de estancias y caballerías de tierras.
La importancia de este derecho es que sirvió como un impuesto sobre cualquier oficio, concesión, merced o título que otorgaba la corona. A fines prácticos, puede servirnos en la actualidad para establecer una medida aproximada de ingresos por determinadas actividades.
Les compartimos un ejemplo del pago de media anata que en 1663 realizó en el puerto de Acapulco el Capitán Francisco Valles, por ser ascendido y destinado a Manila en la nao capitana «San Joseph». En ese momento pagó 33 pesos 1 tomín y 3 granos de oro común en reales, lo que equivalía a seis meses del sueldo de su primer año.


Hola, qué tal…
Qué buen blog éste.
Pregunta: tendrán expedientes novohispanos transcritos? Podrías mandarme uno?
Saludos.
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